Claves de la semana

Esta semana (29/4 al 3/5) la atención estará puesta en la publicación de la Fed sobre su decisión sobre tasas de interés, el mercado espera estabilidad, puesto que la actividad económica en Estados Unidos se enfrió en el primer trimestre y la inflación trimestral se aceleró. Además, se conocerán datos macro importantes; como la tasa de desempleo y de creación de empleo en EEUU, producción industrial y PMI Eurozona, Brasil, China y EEUU; e inflación en Europa. En el contexto local comienza hoy mismo el debate en Diputados sobre la nueva Ley Bases y el paquete fiscal propuesto por el gobierno.
Esto es lo que hay que saber para comenzar la semana.

EEUU: Decisión de tasa y mercado laboral

En estos días se reunirá la Fed, y anunciará la decisión respecto de las tasas; dada la resiliencia que ha caracterizado a la economía estadounidense, no se espera un recorte de las mismas en el corto plazo.

Por otro lado, se darán a conocer datos sobre el mercado laboral en Estados Unidos, se espera que continúe la creación de empleo sobre los 200 mil puestos laborales. En cuanto a la tasa de desempleo, se espera que se mantenga en 3.8%. Se estima que se moderará la tasa de creación de empleo, dados los salarios que suben en línea con la inflación y bajas tasas de desocupación. Ello va acorde a lo que se espera para el índice de costos laborales trimestral: 1% para el primer trimestre del año versus 0,90% del trimestre anterior.

PMI China

El país asiático que como principal socio comercial de muchos países a nivel global, ejerce una influencia significativa en la economía mundial, dará a conocer los datos de PMI (índice de gestores de compras) que proporciona una indicación temprana de la actividad económica en cada sector. Se espera que los datos del PMI compuesto (52,70 en marzo); manufacturero (50,80 en marzo) y no manufacturero (52 en marzo); sean los mismos para abril.

PMI Estados Unidos

El enfriamiento de la actividad económica en EEUU y la inflación que continúa por debajo del objetivo de la Fed, se verán reflejados en los datos que conoceremos esta semana. Se publicará el PMI de S&P manufacturero, de servicios y compuesto el viernes 3. Acorde a las estimaciones, tanto el PMI de servicios como el manufacturero dan 50,9; sorprendiendo por debajo del dato de abril (51,7 y 52,9 respectivamente).

Inflación Eurozona
Se espera estabilidad de precios en la Eurozona, se proyecta que en abril la inflación interanual continuará siendo 2,40%, mientras que se estima para la inflación núcleo interanual una pequeña baja (del 2,90% al 2,60%). El IPC mensual en marzo fue del 0,80%, y el núcleo de 1,10%. Ello está en línea con las expectativas inflacionarias de los consumidores que se desacelera.
Por otro lado, se publicarán las cifras revisadas de abril para la actividad manufacturera en EuroZona. El índice HCBO de PMI manufacturero en marzo fue del 46,10 y se espera para abril 45.10.

Presentaciones de resultados 1Q24

Continúa el foco en los informes de las ‘7 Magníficas’ con la presentación esta semana de los resultados del primer trimestre del año de Amazon (AMZN) y Apple (AAPL). En general las empresas han mostrado buenos resultados, particularmente las grandes tecnológicas han hecho que los mercados cierren a la alza la semana pasada.
Además, otras 11 compañías del S&P 500 publicarán resultados corporativos, entre ellas ON Semiconductor, Paramount Global, NXP Semiconductors y Domino’s Pizza.

Nueva emisión de ON de Vista Energy S.A.U.

Petrini Valores informa los principales términos y condiciones de la nueva emisión de Obligaciones Negociables de Vista Energy S.A.U.

En este link podrá descargar el Aviso de Suscripción de las ON clases XXIII y XXIV.

Período de Difusión: Del jueves 25 de abril hasta el lunes 29 de abril de 2024
Período de Subasta: Martes 30 de abril de 2024 de 10:00 a 16:00
Emisión y liquidación: Viernes 3 de Mayo de 2024 (T+2)

Debajo detallamos condiciones de emisión:

Para más información:

  • Comunicate por teléfono: +54 (351) 423-0048 o por email info@petrini.com.ar
  • O coordiná una reunión en nuestras oficinas comerciales: 25 de Mayo 267 – Piso 3 – Córdoba, Argentina.

Nueva emisión de ON de Capex S.A.

Petrini Valores informa los principales términos y condiciones de la nueva emisión de Obligaciones Negociables de Capex S.A.

En este link podrá descargar el Aviso de Suscripción de las ON clase 8 dólar MEP.

Período de Difusión: Desde el lunes 22 de abril de 2024 hasta el miércoles 24 de abril de 2024.
Período de Subasta: Jueves 25 de abril de 2024 de 10:00 a 16:30
Emisión y liquidación: Lunes 29 de abril de 2024 (T+2)

Debajo detallamos condiciones de emisión:

Para más información:

  • Comunicate por teléfono: +54 (351) 423-0048 o por email info@petrini.com.ar
  • O coordiná una reunión en nuestras oficinas comerciales: 25 de Mayo 267 – Piso 3 – Córdoba, Argentina.

Nueva emisión de Letras y Bonos del Tesoro

En esta oportunidad, la Secretaría de Finanzas ofrece en este llamado a licitación una combinación de instrumentos del Tesoro Nacional: Letras capitalizables y Bonos del Tesoro ajustables por CER y Dólar Linked.

Fecha de licitación: jueves 25 de abril de 2024 de 10:00 a 15:00

Fecha de liquidación: martes 30 de abril de 2024 (T+3)

Detallamos las características de los instrumentos a emitir:

Para más información:

  • Comunicate por teléfono: +54 (351) 423-0048 o por email info@petrini.com.ar
  • O coordiná una reunión en nuestras oficinas comerciales: 25 de Mayo 267 – Piso 3 – Córdoba, Argentina.

Claves de la semana

Esta semana (22/4 al 26/4) tendremos novedades importantes de actividad a nivel local y global, además de una conferencia de la Presidente del BCE Christine Lagarde; importante para saber qué postura toma ante los últimos datos conocidos la autoridad monetaria principal de la Unión Europea. La semana pasada las acciones y bonos norteamericanos no tuvieron un buen desempeño. La tendencia fue similar en el resto del mundo exceptuando China, que dio algunas buenas señales económicas y aumentó su rendimiento; aunque no bastó para revertir su caída en lo que va del mes aún.

Esto es lo que hay que saber para comenzar la semana.

1. Índice PCE en EEUU

Esta semana Estados Unidos publica el índice de Precios PCE (Precios de Gastos de Consumo Personal), importante referencia que sigue la Fed para decidir sobre la política monetaria. Luego de conocer una inflación poco favorable para abril, se espera una pequeña desaceleración del PCE interanual para marzo: 2,60% versus 2,80% del dato de febrero. Para el PCE mensual de marzo, se expecta que continúe en 0,30% al igual que el mes previo.

A su vez esta semana Estados Unidos publica la variación del PIB estimada del primer trimestre de 2024, cuyas estimaciones se encuentran en torno al 2,5% para el trimestre, inferior al 3,4% del 4Q23. Estas últimas se encuentran por debajo del dato estimado que publicó Atlanta Fed del 2,9%; dato que lleva a esperar que las tasas se mantengan altas por mucho tiempo.

2. Habla ante la prensa Christine Lagarde

Otro suceso importante de la semana pasada en la economía mundial fue un inesperado y preocupante dato de inflación del IPC europeo; dado que se venían dando señales convincentes para una baja de tasas en estos meses, si bien se insistió en la cautela necesaria teniendo en cuenta la información que faltaba para tomar la decisión.

Y es que el IPC aumentó un 0,8% mensual acelerando respecto al dato de febrero; de la mano de una mejora en la actividad. Esto claramente impactará en las expectativas de futuras decisiones de la Fed, de la mano con lo que diga Lagarde el día de hoy a la prensa.

3. Índice EMAE en Argentina

Esta semana, Argentina publica datos relevantes sobre la actividad económica como el índice EMAE, además del resultado fiscal de marzo. Por otro lado, también hay dos sucesos claves de tinte más bien político: la marcha del martes 23 en defensa de las universidades públicas y la discusión de la Ley de Bases.

Nuevamente las estimaciones son de una desaceleración de la actividad económica y un superávit en las cuentas públicas, que es más o menos lo que se viene viendo. También se estima que continúen habiendo compras netas de divisas en el MULC.

El frente más complicado, el cual sí será clave esta semana para prestar principal atención, es el frente político. A pesar de la amplia aprobación por parte de la sociedad a Javier Milei que mostraron algunas encuestas, continúan las dificultades en varios aspectos. Las últimas semanas el foco de atención estuvo en el súbito aumento de la dieta que votaron los senadores a “mano alzada” además del creciente debate debido a la falta de fondos que reclaman las universidades públicas del país. En cuanto a la Ley Bases, si bien hay cierto optimismo de aprobación hay que mantener cautela.

4. Siguen las presentaciones de 1Q24
La semana pasada no fue buena para las acciones, y en parte hubo impacto de algunos resultados negativos de las presentaciones de resultados de algunas empresas, además del pesimismo respecto a la política monetaria de la Fed de este año.

Esta semana varias empresas importantes publican sus resultados del primer trimestre de 2024. Ponemos foco en las presentaciones de Visa (NYSE:V), Tesla (NASDAQ:TSLA) y General Electric (NYSE:GE) del martes 23; y de Meta e IBM del miércoles 24. Es clave prestar atención especial a Tesla que después de la fuerte caída de la semana pasada, se estima que sus ganancias sean menores a las estimadas.

5. Otros datos de Estados Unidos

Además de los precios al gasto en consumo personal y el PIB para el 1Q24, Estados Unidos publica PMI de S&P manufacturero, de servicios y compuesto el martes 23. Acorde a las estimaciones, tanto el PMI de servicios como el manufacturero dan 52; por encima del dato de marzo (51,7 y 51,9 respectivamente); esto se traduce en una pequeña expansión en ambos sectores, lo cual es positivo para el desempeño económico general y el USD en Estados Unidos.

Otros datos importantes a tener en cuenta son los ingresos y gastos personales mensuales de marzo; ambos aumentan de acuerdo a las estimaciones, aunque el ingreso personal tendría un aumento mayor al de febrero (0,5% contra 0,3%) y el consumo personal sufriría una desaceleración (0,6% contra 0,8%).

Claves de la semana

Inicia una nueva semana (del 15/4 al 19/4) con el mundo en alerta por un ataque inesperado de Irán a Israel lo cual tensiona aún más los conflictos geopolíticos. Se estará a la expectativa de la conferencia que dará Jerome Powell este martes. Por otro lado, se publicarán indicadores importantes de la economía real en China, Estados Unidos y en la Unión Europea. La semana pasada fue negativa en los mercados mundiales en general por un nuevo golpe de los resultados de inflación y balances poco favorables de bancos importantes en las presentaciones de resultados del primer trimestre.

Esto es lo que hay que saber para comenzar la semana.

  1. Ventas minoristas de EEUU

Esta mañana se publicaron las variaciones mensuales e interanuales de marzo de las ventas minoristas en Estados Unidos. Nuevamente en línea con la resistencia de los datos económicos estadounidenses, las mismas aumentaron un 0,7% respecto del mes de febrero, cuando se estimaban aumentos tan solo del 0,4%.

Estos datos refuerzan el impacto de la inflación que conocimos la semana pasada – la cual resultó ser mayor a la que se esperaba – teniendo en cuenta que la Fed no enfrenta trade off si la inflación se aleja del target de 2% anual y la economía no cede. De ahí derivaron en parte las disminuciones de los principales índices (2,4% del Dow Jones, 1,5% del S&P y 0,3% del Nasdaq).

  1. Industria y construcción en Europa

Esta semana, además de la publicación de IPC del miércoles, conoceremos algunos datos muy importantes de la economía real de la Zona Euro. Destacamos el dato oficial que salió hoy lunes de la producción industrial de febrero, que aumentó un 0,8% tal como se estimaba, y el interanual fue de una caída del 6,4%. El viernes se sabrá el dato de la construcción.

Hay expectativas positivas (aunque se trata con cautela) que el Banco Central Europeo vea con mejores ojos el recorte de tasas si los datos de inflación siguen dando positivos respecto a la cercanía con el 2% anual objetivo.

  1. PIB y desempleo en China

Hoy también se conocerá el dato del PIB de China. Se espera una desaceleración para el primer trimestre del año y una expansión del 4,9% interanual. Además, se sabrán los datos de producción industrial, que se estima reflejarán la desaceleración del producto esperando un 5,3% interanual versus el 7% del mes de Marzo. Para la tasa de desempleo que ha venido incrementando desde enero, se espera 5,2% para Marzo, algo más bajo al 5,3% de febrero.

La semana pasada, en consonancia con los mercados globales, terminó siendo negativa para los mercados chinos a pesar de la recuperación que traía consigo. Una de las cuestiones a atender en China es  la presión deflacionaria que podría ser perjudicial para la delicada situación del país por lo que se esperarían nuevas políticas de estímulo.

  1. Industria EEUU

La industria estadounidense continúa manteniendo la tasa de uso de la capacidad instalada alrededor del 78%: se estima un 78,5% para marzo. Se espera observar un incremento en la producción industrial mensual de marzo en un 0,4%, mayor al aumento de febrero que fue 0,1%.

Así como las ventas minoristas y los datos de empleo, todo indica que se continúa en el tramo de resiliencia y la economía real del país no cede, reforzando las pocas expectativas sobre el recorte de tasas.

  1. Balances del S&P500

Continúan las presentaciones del primer trimestre de 2024. La semana pasada habían publicado bancos importantes como Wells Fargo, Citigroup y JP Morgan; con resultados que generaron un ruido que terminó teniendo un impacto negativo en los mercados, dado que JP Morgan no cumplió con las expectativas de ingresos netos de intereses y Wells Fargo sufrió reducciones en sus beneficios.

Hoy lunes, Goldman Sachs (NYSE:GS) publicó resultados, destacando ingresos mayores a los estimados (14.21B contra 12.94), y Charles Schwab (NYSE:SCHW) también, con ingresos iguales a los estimados. El martes 16 de abril presentan Morgan Stanley, BNY Mellon y Bank of America, entre otros.

En otros sectores también habrá presentaciones; como ser Taiwan Semiconductor Manufacturing Company  (NASDAQ:TSM) el jueves 18, además de sectores de consumo defensivo como J&J (NYSE:JNJ) el martes 16.

Nueva emisión de ON de Tecpetrol S.A.

Petrini Valores informa los principales términos y condiciones de la nueva emisión de Obligaciones Negociables de Tecpetrol S.A.

En este link podrá descargar el Aviso de Suscripción de las ON clase 7 dólar MEP.

Período de Difusión: Desde el lunes 15 de abril de 2024 hasta el miércoles 17 de abril de 2024.
Período de Subasta: Jueves 18 de abril de 2024 de 10:00 a 16:00
Emisión y liquidación: Lunes 22 de abril de 2024 (T+2)

Debajo detallamos condiciones de emisión:

Para más información:

  • Comunicate por teléfono: +54 (351) 423-0048 o por email info@petrini.com.ar
  • O coordiná una reunión en nuestras oficinas comerciales: 25 de Mayo 267 – Piso 3 – Córdoba, Argentina.

Nueva emisión de Letras y Bonos del Tesoro

En esta oportunidad, el Ministerio de Economía de la Nación licita Letras capitalizables y Bonos del Tesoro  ajustables por CER y Dolar Linked.

Fecha de licitación: el miércoles 11 de abril de 10:00 a 15:00

Fecha de liquidación: lunes 15 de abril de 2024 (T+2)

Detallamos las características de los instrumentos a emitir:

Para más información:

  • Comunicate por teléfono: +54 (351) 423-0048 o por email info@petrini.com.ar
  • O coordiná una reunión en nuestras oficinas comerciales: 25 de Mayo 267 – Piso 3 – Córdoba, Argentina.

Claves de la semana

Esta semana (del 8/3 al 12/3) conoceremos datos muy relevantes y con fuerte impacto en los mercados. La semana pasada los mercados globales cerraron a la baja, especialmente equity y bonos; con los rendimientos alcanzando máximos históricos. Estos resultados se deben al ajuste de expectativas respecto de la política monetaria debido a los resultados resilientes de empleo. Exceptuamos los mercados chinos, que operaron al alza dadas las señales de recuperación que dieron los datos de manufactura.

Esto es lo que hay que saber para empezar la semana.

1. EEUU: Inflación y Reporte de OPEP

Se conocerá el dato de inflación correspondiente al mes de marzo, se espera 0,30% mensual, una expectativa más baja que el dato del IPC para el mes de febrero que fue del 0,40%. Para el dato de inflación interanual se espera un 3,40%.

Por otro lado, esta semana la OPEP publicará su informe mensual, fundamental para los inversores dados los conflictos de Ucrania con Rusia y de los países de Medio Oriente. Los precios del petróleo subieron alrededor de un 4% la semana pasada debido a la escalada de esas tensiones geopolíticas y la alta demanda por la resistente economía norteamericana.

2. Inicio de la temporada de resultados

En el marco corporativo, hay novedades de algunos de los grandes bancos de Estados Unidos. Este viernes habrá publicaciones de resultados de algunas empresas del S&P500; entre ellas destacan Wells Fargo (NYSE:WFC), Citigroup (NYSE:C) y JPMorgan (NYSE:JPM), entre otras.

A partir de estas publicaciones arranca la temporada de resultados del primer trimestre de 2024.

La semana pasada el índice S&P500 sufrió disminuciones en prácticamente todos los rubros, el bancario entre ellos; aunque no fue de los más afectados.

3. Argentina: inflación y coyuntura

Según el REM de febrero, se espera un dato de inflación mensual para marzo del 12%. El Ministro Caputo el fin de semana estimó una tasa de inflación en torno al 10%. Este viernes, el INDEC dará a conocer la información oficial de la inflación del IPC para el mes de marzo; índice que alcanzó el 25,1% en enero y desde entonces ha estado bajando. También se publicará el REM de marzo que brindaría estimaciones más actualizadas del sector privado sobre el índice; además del IPC de CABA.

Otra novedad es que el gobierno presentará el nuevo proyecto de Ley de Bases (modificaciones del último proyecto), ahora con mayor apoyo en el Congreso que aumenta la probabilidad de su aprobación. Si bien los mercados aprueban la gestión por los resultados macro más inmediatos, destacan la importancia de dar sustentabilidad política al equilibrio fiscal para garantizar que estos se mantengan en el tiempo.

4. Elección de tasas del BCE

Este jueves, los miembros del Banco Central Europeo y los de los gobiernos de los bancos centrales de la zona euro, votarán en qué nivel fijarán la tasa de interés. Se espera que se mantenga en 4,5% como viene siendo desde Septiembre del 2023.

A su vez, publicarán el Acta de Política Monetaria y los inversores, que si bien no esperan recortes en este momento, estarán atentos a la Conferencia de prensa del día jueves que puede arrojar luz sobre posibles decisiones futuras.

La semana pasada la inflación del IPC dio 2,4% interanual, apenas menor al 2,5% estimado; además de que la tasa de desempleo aumentó más de lo esperado. Estos indicios (un pequeño incremento de desempleo y una inflación un poco más cercana al target objetivo anual) darían lugar a un futuro recorte en los próximos meses, aunque se esperaría a tener más información acorde a lo que vienen diciendo algunos autos funcionarios.

5. Minutas de las reuniones de la Fed

Además del dato de inflación, la atención estará puesta en la publicación de las minutas de la reunión del FOMC donde están las claves para analizar las posibilidades futuras de decisiones de política monetaria. Si bien los mercados aceptaron la postergación de los recortes en sus expectativas, estos datos brindarán certidumbre a la perspectiva de la Fed respecto de los recortes.

Los datos de empleo del viernes pasado mostraron resiliencia, especialmente, las nóminas no agrícolas, que superaron fuertemente lo estimado (303K contra 212K) y la tasa de desempleo que se redujo levemente a 3,8%. Esta resistencia del mercado laboral y la persistencia que se espera de la inflación justifican la cautela en cuanto a las tasas por parte de la Fed que podría confirmarse una vez se conozcan las minutas de la última reunión del FOMC.

Nueva RG 995

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución General 995/2024

RESGC-2024-995-APN-DIR#CNV – Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2020-34010819- -APN-GAL#CNV, caratulado RESOLUCIÓN S/DETERMINACIÓN DE PLAZO DE PERMANENCIA PARA LA LIQUIDACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS, lo dictaminado por la Gerencia de Agentes y Mercados, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y

CONSIDERANDO:

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 596/2019 (B.O. 28-8-2019) y N° 609/2019 (B.O. 1-9-2019), estableció un conjunto de disposiciones con la finalidad de regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, consecuentemente, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real.

Que, en ese marco, se establecieron ciertas reglas relacionadas con las exportaciones de bienes y servicios, con las transferencias al exterior y con el acceso al mercado de cambios, conforme la reglamentación dictada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) a tales efectos, facultando además a dicha autoridad monetaria a establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones que persigan eludir, a través de operaciones con títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en las medidas referidas.

Que, oportunamente, el BCRA solicitó formalmente a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) la implementación, en el ámbito de su competencia, de medidas alineadas con lo normado por dicho ente; a los fines de evitar las prácticas y operaciones elusivas detectadas en el ejercicio de sus facultades de fiscalización.

Que, en función de ello, la CNV estableció dentro del ámbito de su competencia, en atención a las circunstancias excepcionales de dominio público y con carácter transitorio, diversas medidas con la finalidad de evitar dichas prácticas y operaciones elusivas, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real; mediante el dictado de las Resoluciones Generales N° 808 (B.O. 13-09-2019), N° 810 (B.O. 02-10-2019), N° 841 (B.O. 26-05-2020), N° 843 (B.O. 22-06-2020), N° 856 (B.O. 16-09-2020), N° 862 (B.O. 20-10-2020), N° 871 (B.O. 26-11-2020), N° 878 (B.O. 12-01-2021, N° 895 (B.O. 12-07-2021), N° 907 (B.O. 06-10-2021), N° 911 (B.O. 16-11-2021), N° 923 (B.O. 04-03-2022), N° 953 (B.O. 23-03-2023), N° 957 (B.O. 11-04-2023), N° 959 (B.O. 02-05-2023), N° 962 (B.O. 24-05-2023), N° 965 (B.O. 23-06-2023), N° 969 (B.O. 03-08-2023), N° 971 (B.O. 15-08-2023), N° 978 (B.O. 03-10-2023), N° 979 (B.O. 06–10-2023), N° 981 (B.O. 11-10-2023), N° 982 (B.O. 17-10-2023), N° 984 (B.O. 30-11-2023), N° 988 (B.O. 14-12-2023) y N° 990 (B.O. 06-02-2024).-

Que en las reglamentaciones mencionadas la CNV destacó el carácter extraordinario y transitorio de las mismas, hasta tanto hechos sobrevinientes hagan aconsejable su revisión y/o desaparezcan las causas que determinaron su adopción.

Que, con fecha 12 de diciembre de 2023, el BCRA dio a conocer los nuevos lineamientos adoptados en materia de política monetaria y cambiaria.

Que, sumado a ello y en el marco de la Comunicación “A” 7918, de fecha 13 de diciembre de 2023, el BCRA estableció un nuevo régimen de acceso al mercado de cambios para operaciones de comercio exterior a partir de dicha fecha, con el objetivo de dotar de previsibilidad a los pagos asociados con el stock de deuda comercial de importadores acumulada hasta el 12 de diciembre de 2023.

Que, a tales fines, el BCRA implementó nuevos instrumentos conformados por TRES (3) series de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), en dólares estadounidenses, a ser emitidos y ofrecidos por el BCRA a importadores de bienes y servicios pendientes de pago, funcionando como vehículos para canalizar la demanda de divisas de tales importadores con deudas comerciales, por operaciones con registro aduanero o servicio efectivamente prestado hasta el 12 de diciembre de 2023.

Que, con fecha 5 de febrero de 2024, el BCRA solicitó formalmente a esta CNV que se adopten las medidas pertinentes a fin de exceptuar a los mencionados BOPREAL de ciertas limitaciones contenidas en los artículos 2° y 6° TER del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).

Que en la misma, línea, mediante Comunicación “A” 7952 el BCRA eximió de los requisitos establecidos en los puntos 3.16.3.1 y 3.16.3.2 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios a las ventas de títulos valores realizadas a partir del 1° de abril de 2024 cuyo valor de mercado no supere la diferencia entre el valor obtenido por la venta con liquidación en moneda extranjera en el exterior de los BOPREAL adquiridos en la suscripción primaria y su valor nominal.

Que, con fundamento en dicha normativa, con fecha 3 de abril de 2024, el BCRA solicitó nuevamente a esta CNV flexibilizar para el mismo caso de venta de otros valores negociables con liquidación en moneda extranjera, en la medida que no superen la diferencia entre el valor obtenido por la venta con liquidación en moneda extranjera en el exterior de los BOPREAL adquiridos en suscripción primaria y su valor nominal, de las limitaciones que dificultan esta operatoria.

Que en atención al contexto económico financiero imperante y las aludidas medidas adoptadas por el BCRA en dicho marco, resulta conducente readecuar determinadas condiciones previstas en los artículos 2° y 6° TER del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), con relación a los valores negociables emitidos por el BCRA en el marco de la mencionada Comunicación “A” 7918, sus modificatorias y/o concordantes y las operaciones complementarias previstas en los puntos 3.16.3.6.v) y 4.7.2.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA.

Que la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831 (B.O. 28-12-2012) tiene por objeto el desarrollo del mercado de capitales y la regulación de los sujetos y valores negociables comprendidos en el mismo, siendo la CNV su autoridad de aplicación y control, encargada de la promoción, supervisión y control del mercado de capitales, orientada a fomentar el desarrollo de un mercado de capitales transparente, inclusivo y sustentable que permita canalizar el ahorro de los argentinos hacia la inversión, contribuyendo así a la generación de empleo y al progreso económico y social del país.

Que, por lo tanto, son objetivos y principios fundamentales que informan y deberán guiar las disposiciones complementarias y reglamentarias dictadas por este Organismo, las de favorecer especialmente los mecanismos que fomenten el ahorro nacional y su canalización hacia el desarrollo productivo y propender a la integridad y transparencia de los mercados de capitales y a la inclusión financiera.

Que, en dicho marco, el artículo 19, inciso a), establece como atribución de la CNV la de supervisar, regular, inspeccionar, fiscalizar y sancionar, en forma directa e inmediata, a todas las personas humanas y/o jurídicas que, por cualquier causa, motivo o circunstancia, desarrollen actividades relacionadas con la oferta pública de valores negociables, otros instrumentos, operaciones y actividades contempladas en dicha ley y en otras normas aplicables, que por su actuación queden bajo competencia del Organismo.

Que los incisos d) y g) del referido artículo 19 establecen entre las funciones de la CNV llevar el registro, otorgar, suspender y revocar la autorización para funcionar de los agentes registrados y las demás personas humanas y/o jurídicas que, por sus actividades vinculadas al mercado de capitales y a criterio de la CNV, queden comprendidas bajo su competencia, dictando las reglamentaciones que deberán cumplir desde su inscripción hasta la baja del registro respectivo.

Que el inciso h), del citado artículo, determina como función de la CNV establecer las disposiciones que fueren necesarias para complementar las que surgen de las diferentes leyes y decretos, así como resolver casos no previstos e interpretar las normas allí incluidas dentro del contexto económico imperante.

Que, por su parte, los incisos m), u) e y) del mismo artículo establecen como funciones de la CNV, entre otras, propender al desarrollo y fortalecimiento del mercado de capitales, ejerciendo todas las demás funciones que le otorguen las leyes, decretos y los reglamentos aplicables, facultándose a la CNV a dictar normas tendientes a promover la transparencia e integridad de los mercados de capitales, debiendo los mercados mantener en todo momento sus reglamentaciones adecuadas a la normativa emanada de la CNV.

Que corresponde poner de resalto el carácter extraordinario y transitorio de la presente reglamentación, hasta tanto hechos sobrevinientes hagan aconsejable su revisión y/o desaparezcan las causas que determinaron su adopción.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 19, incisos a), d), g), h), m), u) e y), y 47 de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 2° del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“VENTA DE VALORES NEGOCIABLES CON LIQUIDACIÓN EN MONEDA EXTRANJERA. PLAZOS MÍNIMOS DE TENENCIA. CAUCIONES TOMADORAS Y OTRAS OPERATORIAS. TRANSFERENCIAS EMISORAS.

ARTÍCULO 2°.- Para dar curso a operaciones de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera, en cualquier jurisdicción y cualquiera sea la ley de emisión de los mismos, deberá observarse un plazo mínimo de tenencia en cartera de UN (1) día hábil, contado a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN).

Dicho plazo mínimo de tenencia no será de aplicación cuando se trate de compras de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en cualquier jurisdicción.

Los Agentes de Liquidación y Compensación y los Agentes de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como jurisdicción extranjera, correspondiente a clientes ordenantes en tanto éstos últimos mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación.

A tales efectos, los mencionados Agentes: (i) no podrán bajo ninguna circunstancia otorgar financiamientos para la obtención de aquellos Valores Negociables que serán objeto de las operaciones de venta mencionadas en el párrafo anterior; y (ii) deberán exigir a cada uno de los clientes ordenantes, una manifestación en carácter de declaración jurada de la cual surja en forma expresa que los mismos no mantienen posiciones tomadoras en ninguna de las operatorias a plazo detalladas en el párrafo anterior, en carácter de titulares y/o cotitulares, y en ningún Agente inscripto, así como que tampoco han obtenido cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales, ya sea de fondos y/o de Valores Negociables, con excepción de las emisiones de deuda con autorización de oferta pública otorgada por esta Comisión, debiendo tales declaraciones juradas ser conservadas en los respectivos legajos.

En todos los casos, deberán observarse las obligaciones y normas de conducta exigidas a los Agentes de Liquidación y Compensación y los Agentes de Negociación por los artículos 12 (inc. j) del Capítulo I y 16 (inc. j) del Capítulo II, ambos del Título VII de las presentes Normas, con relación a la obligatoriedad del conocimiento del perfil de riesgo de los clientes y, en especial, el objetivo de inversión, la situación financiera y el porcentaje de ahorros del cliente destinado a estas inversiones, entre otros aspectos.

La limitación sobre posiciones tomadoras en cauciones y/o pases y/o a cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales prevista precedentemente, no será de aplicación respecto de la venta de Valores Negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera: (i) emitidos por el Banco Central de la República Argentina en el marco de la Comunicación “A” 7918, sus modificatorias y/o concordantes, y previamente adquiridos en un proceso de colocación o de licitación primaria, hasta el valor nominal total así suscripto de dicha especie, debiendo los Agentes constatar el referido límite en forma previa a dar curso a las citadas operaciones de venta; y/o (ii) en los términos de lo dispuesto por los puntos 4.3.3.3. ii) b) y 4.7.3.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA, debiendo asimismo los Agentes constatar el cumplimiento de las condiciones allí previstas en forma previa a dar curso a cualquiera de las referidas operaciones de venta, conservando la documentación respaldatoria en los respectivos legajos.

Para dar curso a transferencias a entidades depositarias del exterior de Valores Negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional, cualquiera sea la ley de emisión de los mismos, deberá observarse un plazo mínimo de tenencia en cartera de UN (1) día hábil, contado a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN), salvo en aquellos casos en que la acreditación en dicho Agente: (i) sea producto de la colocación primaria de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional o por el Banco Central de la República Argentina, en el marco de la Comunicación “A” 7918, sus modificatorias y/o concordantes; (ii) sea realizada en los términos de lo dispuesto por los puntos 3.16.3.6.v) y 4.7.2.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA, debiendo los Agentes constatar el cumplimiento de las condiciones allí previstas en forma previa a dar curso a cualquiera de las referidas transferencias, conservando la documentación respaldatoria en los respectivos legajos; o (iii) se trate de acciones y/o CERTIFICADOS DE DEPÓSITO ARGENTINOS (CEDEAR) con negociación en mercados regulados por esta Comisión.

Los Agentes de Liquidación y Compensación y los Agentes de Negociación deberán constatar el cumplimiento del plazo mínimo de tenencia de los Valores Negociables antes referidos”.

ARTÍCULO 2°.- Sustituir el artículo 6° TER del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“OPERACIONES DE CLIENTES CON C.D.I. o C.I.E. y C.U.I.T.

ARTICULO 6° TER.- Para dar curso a las órdenes y/o registrar operaciones en el ámbito de los Mercados autorizados por esta Comisión, respecto de las operatorias previstas en los puntos 3.16.3.1. y 3.16.3.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA, incluidas las transferencias de valores negociables emitidos por residentes a entidades depositarias del exterior y demás operatorias allí contempladas, los Agentes de Negociación, los Agentes de Liquidación y Compensación y los Agentes de Corretaje de Valores Negociables deberán:

a) Respecto a todos y cada uno de sus clientes del exterior -personas humanas y/o jurídicas- que posean C.D.I. (“Clave de Identificación”) o C.I.E. (“Clave de Inversores del Exterior”) y que no revistan el carácter de intermediarios y/o entidades similares radicados en el exterior regulados por Comisiones de Valores u otros organismos de control, constatar que las operaciones a ser realizadas por dichos clientes son para su propia cartera y con fondos propios, y que el volumen operado diario no supere el importe de PESOS DOSCIENTOS MILLONES (ARS 200.000.000). En todos los casos, tales Agentes deberán remitir a esta Comisión con CINCO (5) días hábiles de antelación, la siguiente información: 1) tipo/s de operación/es; 2) monto/s involucrado/s; y 3) especie/s y/o instrumento/s involucrado/s; o

b) Respecto de aquellos clientes que revistan el carácter de intermediarios y/o entidades similares radicados en el exterior regulados por Comisiones de Valores u otros organismos de control, constatar que los citados intermediarios del exterior: (i) en caso que actúen por cuenta y orden de terceros clientes locales argentinos o por cuenta propia y con fondos propios, el volumen operado diario por cada uno de los terceros clientes o por cuenta propia no supere el importe de PESOS DOSCIENTOS MILLONES (ARS 200.000.000), debiendo tales Agentes remitir a esta Comisión, con CINCO (5) días hábiles de antelación, la siguiente información: 1) tipo/s de operación/es; 2) monto/s involucrado/s; y 3) especie/s y/o instrumento/s involucrado/s; o (ii) actúen en calidad de depositarios de acciones de sociedades emisoras locales para dar cumplimiento al pago de dividendos a tenedores –locales argentinos o extranjeros- de certificados de depósito en custodia en el exterior (GDS/ADR/ADS) correspondientes a tales emisoras, mediante la realización de una o más operaciones con valores negociables destinadas a implementar dicho pago en el exterior, y que: (a) dichos dividendos hayan sido aprobados por Asamblea de accionistas a tenedores de certificados con negociación autorizada en mercados del exterior; y (b) las referidas emisoras locales cuenten con autorización para listar en un Mercado autorizado por la Comisión y –asimismo- para cotizar en un mercado del exterior bajo el depósito de sus acciones en un banco emisor de certificados de depósito, debiendo tales Agentes remitir a esta Comisión, con CINCO (5) días hábiles de antelación, la siguiente información: 1) datos de la emisora local y monto de los dividendos involucrados; 2) tipo/s de operación/es; 3) monto/s involucrado/s; y 4) especie/s y/o instrumento/s involucrado/s; o

c) Respecto de aquellos clientes que posean C.U.I.T: (i) constatar que, en caso que dichos clientes actúen por cuenta y orden de terceros, el volumen operado diario por el total de los terceros no supere el importe de PESOS DOSCIENTOS MILLONES (ARS 200.000.000), debiendo tales Agentes remitir a esta Comisión, con CINCO (5) días hábiles de antelación, la siguiente información: 1) tipo/s de operación/es; 2) monto/s involucrado/s; y 3) especie/s y/o instrumento/s involucrado/s, con indicación de el/los respectivo/s cliente/s final/es de tales operaciones (beneficiario real), incluido, pero no limitado, su/s datos identificatorios, el C.U.I.T./C.U.I.L.; C.D.I.; C.I.E. o clave de identificación que en el futuro fuera creada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, o su equivalente para personas extranjeras, en caso de corresponder; y (ii) cuando dichos clientes actúen por cuenta propia y con fondos propios y el volumen operado diario supere el importe de PESOS DOSCIENTOS MILLONES (ARS 200.000.000), remitir a esta Comisión, con la misma antelación y detalle, la información prevista en el punto (i) del presente apartado.

En relación a los apartados a) y b) deberá observarse especialmente lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF) y el artículo 4° del Título XI de estas Normas.

Los regímenes informativos establecidos precedentemente resultan aplicables para cada subcuenta comitente y para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto.

Las exigencias previstas en el presente artículo comenzarán a regir a partir de la entrada en vigencia de la: 1) Resolución General N° 981, respecto a lo dispuesto en el apartado c) (ii); 2) Resolución General N° 984, respecto a lo dispuesto en el apartado b) (ii); y 3) Resolución General N° 990, respecto a lo dispuesto en los apartados a), b)(i) y c)(i).

Los Agentes deberán constatar el cumplimiento de los límites mencionados en los apartados a), b) y c), conforme lo dispuesto en cada caso, a cuyos efectos: (i) la conversión entre acciones ordinarias y Certificados de Depósito Argentinos (CEDEARs) o American Depositary Receipts (ADRs), cualquiera sea el sentido de la conversión, también será considerada como una transferencia de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior; y (ii) en las operaciones de compra, deberá considerarse el precio de compra concertado en la misma; y para las transferencias al exterior, conversiones y ventas de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, deberá considerarse el precio en pesos, del activo en cuestión, del día anterior a las mismas.

Los Agentes no deberán observar lo dispuesto en el presente artículo:

I.- Para dar curso a transferencias emisoras a entidades depositarias del exterior de valores negociables: (i) incluidos aquellos emitidos por el Banco Central de la República Argentina en el marco de la Comunicación “A” 7918, sus modificatorias y/o concordantes, cuando su previa acreditación haya sido como resultado de un proceso de colocación o de licitación primaria, hasta el valor nominal total así suscripto de dicha especie, debiendo los Agentes constatar el referido límite en forma previa a dar curso a las citadas transferencias; y/o (ii) en los términos de lo dispuesto por los puntos 3.16.3.6.v) y 4.7.2.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA, debiendo asimismo los Agentes constatar el cumplimiento de las condiciones allí previstas en forma previa a dar curso a cualquiera de las referidas transferencias, conservando la documentación respaldatoria en los respectivos legajos.

II.- Respecto de los fondos comunes de inversión abiertos denominados en moneda extranjera que, con el exclusivo fin de atender solicitudes de rescate, deban realizar alguna de las operaciones a las que hace referencia el presente artículo, subsistiendo la obligación de comunicar sin antelación tales operaciones a esta Comisión, conforme la forma indicada en el anteúltimo párrafo del presente artículo.

III.- Para concertar ventas en el país de valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera: (i) emitidos por el Banco Central de la República Argentina en el marco de la Comunicación “A” 7918, sus modificatorias y/o concordantes, previamente adquiridos en un proceso de colocación o de licitación primaria, hasta el valor nominal total así suscripto de dicha especie, debiendo los Agentes constatar el referido límite en forma previa a dar curso a las citadas operaciones de venta; y/o (ii) en los términos de lo dispuesto por los puntos 4.3.3.3.ii)b) y 4.7.3.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA, debiendo asimismo los Agentes constatar el cumplimiento de las condiciones allí previstas en forma previa a dar curso a cualquiera de las referidas operaciones de venta, conservando la documentación respaldatoria en los respectivos legajos.

La información exigida en los apartados a), b) y c) deberá ser remitida por los Agentes con carácter de declaración jurada y presentada ante esta Comisión en soporte electrónico, mediante la mesa de entradas de la Comisión (mesadeentradasreginf@cnv.gov.ar), debidamente suscripta por el representante legal del Agente en cuestión.

La Comisión Nacional de Valores constatará el cumplimiento, complementará y verificará la información dispuesta en el presente artículo para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto, en el marco de los Memorandos de Entendimiento para la asistencia recíproca, colaboración e información mutua vigentes suscriptos por la misma”.

ARTÍCULO 3°.- Lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución General, con relación a las ventas de valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera o las transferencias emisoras realizadas en los términos de lo dispuesto por los puntos 3.16.3.6.v); 4.3.3.3.ii)b); 4.7.2.2. y 4.7.3.2. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Exterior y Cambios” del BCRA, será aplicable respecto de las ventas o transferencias de cualquiera de tales valores negociables que hubieran tenido lugar con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución General, en la medida que el valor de mercado de estas operaciones no supere a la diferencia entre el valor obtenido por la venta con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera de los valores negociables emitidos por el Banco Central de la República Argentina, en el marco de la Comunicación “A” 7918, sus modificatorias y/o concordantes, adquiridos en la suscripción primaria y su valor nominal, si el primero resultase menor.

ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución General entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el Sitio Web del Organismo www.argentina.gob.ar/cnv, agréguese al texto de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) y archívese.

Fernando Moser – Sonia Fabiana Salvatierra – Patricia Noemi Boedo – Roberto Emilio Silva

e. 04/04/2024 N° 18242/24 v. 04/04/2024